
Hacienda acaba de aprobar los modelos para que los bancos y las plataformas le informen mes a mes de todas las operaciones que hacen los autónomos a través de Bizum o TPV.
- Hacienda acaba de aprobar los modelos para que los bancos y las plataformas le informen mes a mes de todas las operaciones que hacen los autónomos a través de Bizum o TPV.
Hacienda aprobó esta semana, a través de una nueva Orden Ministerial, los modelos con los que las entidades bancarias y plataformas de pago deberán comunicarle mensualmente todos los cobros realizados por autónomos y pequeños negocios a través de Bizum y TPV, sin que el importe sea relevante.
Esta nueva normativa, establecida en el Real Decreto 253/2025 y publicada el 1 de abril, modifica el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y amplía las obligaciones de los bancos, que deberán enviar a Hacienda más información sobre los autónomos.
La medida entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Y la primera remisión, los datos de Bizum de ese primer mes del año, se enviará en febrero, según apuntaron fuentes de la Agencia Tributaria a AyE. Además, las entidades financieras deberán enviar un informe mensual de aperturas de cuentas, y otro anual con saldos y movimientos de los trabajadores por cuenta propia.
- Qué cambia con los nuevos modelos aprobados por Hacienda
- Qué modelos son mensuales y cuáles siguen siendo anuales
- Qué información se enviará a Hacienda cada mes
- Un mayor control fiscal para los autónomos
Qué cambia con los nuevos modelos aprobados por Hacienda
Hacienda ha aprobado, mediante la Orden HAC/747/2025 publicada en el BOE el 15 de julio, los modelos de declaraciones informativas que adaptan definitivamente la normativa al Real Decreto 253/2025. Según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, “ahora es simplemente la aprobación de los modelos adaptados”.
El cambio más relevante es el paso de Bizum y parte de las operaciones con tarjeta a una obligación mensual. Hasta ahora, Bizum no estaba incluido en la obligación informativa y gran parte de los cobros con tarjeta se comunicaban solamente de forma anual. A partir de 2026, los bancos y plataformas de pago deberán informar de todos los cobros de autónomos y empresas, sin límite de importe.
Qué modelos son mensuales y cuáles siguen siendo anuales
La primera presentación de los modelos 170 y 196 se realizará en febrero de 2026, con los datos de enero. La Orden detalla qué declaraciones cambian de periodicidad:
- Modelo 170: pasa a ser mensual e incluirá las operaciones realizadas por empresarios y profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas y pagos asociados a números de teléfono móvil (como Bizum).
- Modelo 196: también será mensual. Se refiere a cuentas en instituciones financieras y resume, además, retenciones e ingresos sobre rendimientos del capital mobiliario.
- Modelo 174 y Modelo 181: seguirán siendo anuales. El primero abarca operaciones con todo tipo de tarjetas, y el segundo, préstamos y créditos vinculados a bienes inmuebles.
Qué información se enviará a Hacienda cada mes
Tal como ya adelantó este medio, Hacienda recibirá mensualmente datos muy detallados sobre los cobros que
realicen los negocios a través de Bizum y TPV. Entre la información que deberán aportar las entidades financieras destacan:
- Identificación completa de los autónomos y empresas adheridos a estos sistemas de cobro.
- Número de comercio y terminales de venta (TPV) utilizados, estén o no en territorio español.
- Importe mensual facturado, desglosado entre cobros con tarjeta y pagos asociados a un número de teléfono móvil.
- Cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros, así como cualquier otro destino de estos.
Además, desaparece el umbral de 3.000 euros anuales que hasta ahora limitaba la obligación de informar, lo que implica que cualquier operación, por pequeña que sea, será reportada a Hacienda.
Un mayor control fiscal para los autónomos
La nueva obligación no supone ninguna gestión adicional para los autónomos o empresas, ya que son los bancos y plataformas de pago quienes presentarán los modelos. Así lo confirmó la Agencia Tributaria a este diario, “el banco es quien declara. El contribuyente no tiene que hacer nada.”
No obstante, para los negocios supone un mayor control fiscal, ya que la Agencia Tributaria podrá cruzar esta información con las declaraciones trimestrales y anuales de IVA e IRPF.
La Administración utilizará estos datos para detectar ingresos no declarados y verificar el saldo de contribuyentes con deudas pendientes, especialmente en autónomos y pequeños negocios con gran volumen de operaciones electrónicas.